La CFTC amplía sus criterios para la tokenización en el mercado de derivados

Ensayo Madriguay

La Commodity Futures Trading Commission (CFTC), organismo responsable de supervisar el mercado de derivados en Estados Unidos, actualizó el 24 de septiembre de 2026 sus preguntas frecuentes sobre criptoactivos y tecnología blockchain. El documento aborda cómo las entidades reguladas pueden evaluar el uso de activos tokenizados y de redes blockchain dentro de estructuras ya sometidas a normas de custodia, gestión de riesgos y conservación de registros.

La actualización afecta a participantes como empresas de futuros, organizaciones de compensación y agentes que operan en el mercado de swaps. Según la CFTC, las nuevas respuestas complementan orientaciones publicadas anteriormente sobre la utilización de activos tokenizados como garantía y sobre la aceptación de activos digitales en operaciones de margen.

Qué cambia con la actualización de la CFTC

El anuncio no equivale, por sí mismo, a la aprobación de una nueva regulación con fuerza normativa general. Se trata de una actualización de orientación administrativa destinada a explicar cómo pueden analizarse determinados modelos basados en blockchain bajo las reglas existentes. La evaluación continúa dependiendo de aspectos como la seguridad jurídica, la liquidez, la custodia, la segregación patrimonial y la gestión de riesgos.

El interés principal de la medida está en acercar una infraestructura tecnológica asociada habitualmente a los criptoactivos a los mecanismos tradicionales de los mercados de futuros y swaps. En este contexto, la tokenización puede facilitar la representación digital de activos que ya existen en el sistema financiero, aunque no elimina la necesidad de comprobar los derechos del titular ni las protecciones aplicables.

La orientación publicada por la CFTC el 8 de diciembre de 2025 señalaba que ciertos activos tokenizados podrían ser considerados como garantía, siempre que cumplieran las exigencias correspondientes. Entre los ejemplos mencionados se encuentran títulos del Tesoro estadounidense, bonos corporativos, participaciones de fondos del mercado monetario y acciones.

La tokenización no garantiza derechos idénticos

Uno de los puntos destacados por el regulador es que convertir un activo en un token no modifica necesariamente sus características económicas subyacentes. Sin embargo, la estructura digital puede conceder derechos diferentes al titular o proporcionar un nivel de protección distinto al de la versión tradicional. Por ese motivo, la CFTC plantea que cada modelo debe estudiarse de forma individual.

Esta distinción resulta relevante para las empresas que pretendan utilizar tokens como garantía en operaciones de derivados. No basta con identificar el activo representado: también es necesario determinar quién controla el token, cómo se ejecutan las transferencias, qué ocurre ante un incumplimiento y qué derechos legales pueden hacerse valer sobre el activo o frente al custodio.

La CFTC Letter No. 25-39, dedicada a la garantía tokenizada, también menciona riesgos tecnológicos que deben formar parte del análisis. Entre ellos aparecen la ciberseguridad, los mecanismos de autorización de acceso, la continuidad operativa y las amenazas capaces de afectar a una red completa.

Blockchain para conservar registros regulatorios

La nueva actualización también examina el posible uso de blockchain para cumplir las obligaciones de mantenimiento de registros de las entidades reguladas. En el mercado de derivados, conservar información precisa, accesible y verificable es esencial para facilitar la supervisión, reconstruir operaciones y demostrar el cumplimiento de las normas aplicables.

El empleo de una red distribuida no exime a las empresas de garantizar la integridad, disponibilidad y legibilidad de los datos. La tecnología debe incorporarse dentro de un sistema de control que permita gestionar accesos, corregir errores cuando sea necesario y mantener la información durante los periodos exigidos por la normativa.

La orientación vinculada a los activos digitales aceptados como garantía de margen también aparece recogida en la CFTC Letter No. 26-05. El documento forma parte del marco de análisis que la autoridad está desarrollando para valorar el uso de activos digitales en operaciones sometidas a requisitos de margen y protección de los participantes.

Un avance institucional con límites

La actuación de la CFTC muestra que la discusión sobre blockchain está avanzando desde los pagos y las criptomonedas hacia la infraestructura de los mercados financieros regulados. La posibilidad de utilizar activos tokenizados como garantía puede abrir nuevas alternativas operativas, pero también obliga a reforzar los controles sobre liquidez, valoración, custodia y liquidación.

Para las empresas de futuros, las organizaciones de compensación y los intermediarios de swaps, el mensaje central es que la innovación tecnológica debe mantenerse compatible con las obligaciones existentes. La tokenización puede cambiar la forma de registrar o transferir un activo, pero no elimina las responsabilidades relacionadas con la protección de los clientes, la gestión de riesgos y la estabilidad operativa.

Con esta actualización, la autoridad estadounidense ofrece mayor claridad sobre los criterios que sus equipos pueden aplicar al revisar estas estructuras. El alcance práctico dependerá de cada activo, de la arquitectura de la red y de las garantías jurídicas y operativas que presente el modelo propuesto.

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